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Acoso Sexual ¿Qué es? |
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Enviado por Instituto de la mujer. el día Jueves 1 de Enero de 1970 |
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Según la OIT (ver Acoso sexual - Bibliografía), para que haya acoso sexual deben integrarse tres elementos: un comportamiento de carácter sexual, que no sea deseado y que la víctima lo perciba como un condicionante hostil para su trabajo, convirtiéndolo en algo humillante. El acoso sexual es una forma de violencia de género, intersección de la violencia sexual y la violencia laboral e institucional. Según María José Lubertino (ver Acoso sexual - Bibliografía), por un lado, el acoso sexual "fortalece el estereotipo y desequilibrio cultural del "hombre" productor (dominante) y de la mujer "reproductora" (sumisa), reduciendo a la mujer a objeto sexual y negándole el derecho de actuar en espacios considerados masculinos y, al mismo tiempo, absolviendo a los hombres de una mayor responsabilidad en el ámbito de la reproducción". Para la especialista, dado que no sólo responde a diferencias de poder real sino también al poder cultural, la mayoría de las víctimas de acoso son mujeres, si bien los varones también pueden también ser víctimas de acoso sexual por parte de mujeres o gays, especialmente cuando éstos son sus superiores jerárquicos. Por otro lado, "el acoso sexual viola derechos sexuales básicos como el derecho a la libertad sexual (la posibilidad de los individuos de expresar su potencial sexual, libres de coerción, explotación o abuso en cualquier tiempo y situaciones de la vida) y el derecho a la autonomía sexual, integridad sexual y seguridad del cuerpo sexual, lo que incluye el control y el placer de nuestros cuerpos libres de violencia de cualquier tipo", para Lubertino. Y, todos los especialistas concluyen que, cuando esta violación a la integridad humana se da en el ámbito del trabajo, representa una violación del derecho de trabajar en un ambiente digno y humano, es decir, es también violencia laboral (ver Violencia laboral). El proyecto de ley sobre acoso sexual elaborado originariamente por el Instituto Social y Político de la Mujer (Acoso sexual - Nuestra Campaña - Proyectos de ley), con el aporte de la Asociación Europea de lucha contra la Violencia contra las mujeres en el trabajo (www.avftfrance.org), consensuado en la Comisión Tripartita de Igualdad de Oportunidades y Trato del Ministerio de Trabajo de la Nación (www.trabajo.gov.ar) y que fue presentado por senadoras de todos los bloques parlamentarios, contempla innovaciones al extender el concepto de acoso no sólo al lugar de trabajo sino también a otros ámbitos institucionales como el educativo, el sindical, el de médico-paciente y el de las Fuerzas Armadas y de seguridad. Consecuencias
Las víctimas sufren de tensión nerviosa, irritabilidad y ansiedad, que a menudo pueden dar lugar a depresión, insomnios y otros trastornos psicosomáticos como jaquecas, problemas digestivos, cutáneos, etc. El acoso sexual dificulta el desempeño de las funciones y la satisfacción de llevarlas a cabo. Si la víctima informa del incidente o rechaza acceder, el acosador dispone muchas veces del poder de afectar sus condiciones de trabajo, oportunidades de formación o promoción y su seguridad en el empleo. Pero además, "el daño infringido a la mujer como consecuencia de hostigamiento sexual perjudica también a la compañía. Cuando una empleada se enferma o tiene problemas de concentración o cuando comete errores en el trabajo, la productividad baja y esto significa dinero", apunta Corine van der Vliet, de la Confederación Sindical de los Países Bajos (pág.35, Hostigamiento sexual en el trabajo, ¿un problema exclusivo de las mujeres?, en: Si te molesta...¡es hostigamiento sexual!, ver Acoso sexual - Bibliografía). El acoso sexual, la discriminación y la violencia laboral, según la Unión Europea, cuesta 500.000 millones de dólares al año aproximadamente. "Esto significa que se tiene que luchar denodadamente contra el hostigamiento sexual, no sólo en interés de las mujeres, sino también de los patrones", considera van der Vliet. Situación en la Argentina La Argentina es uno de los países con más alta tasa de acoso sexual en el mundo. Según el informe de la OIT de 1996, el 6,1 por ciento de los varones y el 11,8 por ciento de las mujeres indicaron haber sufrido agresiones en el año anterior, mientras que el 16,6 por ciento de las mujeres dieron cuenta de incidentes de carácter sexual. A pesar de las recomendaciones de los organismos internacionales, a nivel gubernamental aún no existen cifras estadísticas ni estudios sobre el tema. En cuanto a los acosadores, en el 61,5 % de los casos provenían de quienes tenían la misma jerarquía ocupacional y sólo el 34,1 % del personal jerárquico. El tipo de mujer acosada en los niveles leve, moderado y medio es menor de 30 años, atractiva, de categoría laboral indistinta o más baja que la del acosador y estado civil, nivel educativo y antigüedad laboral indistintas. En cambio, en los niveles fuertes de acoso pierden significancia las características personales y sociolaborales de las acosadas. El tipo de acosador, en su mayoría, resultó mayor de 40 años, casado y de jerarquía superior a la acosada. A pesar de haber contestado afirmativamente por lo menos alguna de las preguntas indicativas de padecimiento de acoso, el 21 % negó haber sido objeto de acoso sexual. Después de padecer un acoso sexual, el 63,7 % de las afectadas consideró que éste es un problema privado no vinculado con el régimen laboral y sólo el 12,6 % asumió la agresión como un problema laboral y recurrió a un superior jerárquico o al sindicato. Situación en otros países En 1996, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) realizó una encuesta entre trabajadores/as de 36 países en la que se registraron las observaciones de estos/as trabajadores/as sobre lo que les ocurría en su ámbito laboral. |
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